🕵️‍♂️💥 Adolescente asesinado: el brutal caso que condenó a 17 años a un instructor de artes marciales

TITULO: 🕵️‍♂️💥 Adolescente asesinado: el brutal caso que condenó a 17 años a un instructor de artes marciales

En un fallo de 147 páginas, el Tribunal Penal 2 de Misiones condenó a 17 años de prisión a Arnaldo Richard Cristaldo, empleado de un aserradero e instructor de artes marciales, por el homicidio agravado de César Daniel Tizato, un adolescente de 15 años, ocurrido el 30 de agosto de 2020 en un campo entre San José y Fachinal. El veredicto, emitido el 20 de mayo y hecho público recientemente, detalla una trama de engaño, violencia y ocultamiento que conmocionó a la comunidad y desafió las capacidades de investigación de las fuerzas de seguridad.

Según el voto del juez Augusto Gregorio Busse, presidente del tribunal, Cristaldo engañó al menor bajo la falsa promesa de una salida de caza desde el barrio Pindapoy. Lo llevó hasta el campo de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, donde, aprovechando su superioridad física, su conocimiento en artes marciales y la absoluta indefensión de la víctima, le disparó con un rifle de aire comprimido modificado para disparar como arma de fuego, calibre .22, sin numeración ni marca visible.

El proyectil perforó el tórax izquierdo de César, atravesando el corazón y causando un trauma gravísimo. Pero el crimen no terminó allí. Mientras el adolescente aún respiraba o estaba en estado agónico, Cristaldo lo arrojó vivo a una laguna, colocándole tres piedras de gran tamaño: dos bajo su campera, en el tórax, y otra bajo su pantalón buzo, en la pelvis. El objetivo: hundir el cuerpo y ocultar la evidencia.

La autopsia reveló rastros de hojas vegetales en la traquea y diatomeas —microorganismos acuáticos— en la médula ósea, lo que confirmó que el joven ingresó al agua con vida. El cuerpo fue hallado días después, con signos evidentes de manipulación post-mortem.

Cristaldo, sin embargo, no se quedó callado. Engañó a las fuerzas de seguridad, orientándolas hacia zonas alejadas del lugar del crimen. Inventó la presencia de dos desconocidos con quienes supuestamente había dejado al menor en el campo. Ninguno fue identificado. Nadie los vio. Nadie los encontró. La versión resultó inverosímil: ¿cómo un adulto que porta el único arma, conoce el terreno y sale a cazar con un adolescente, lo abandona en medio de un campo privado con personas no identificadas, sin asegurar su regreso?

También fue descartada su explicación sobre su ropa mojada. Los testigos lo vieron regresar empapado desde los pies hasta la cintura o el ombligo. Pero el arroyo Pindapoy, que él mencionó como causa del mojado, corría paralelo a su trayecto de regreso y no requería cruzarlo. El arroyo Espinillo, por su parte, estaba casi seco. La evidencia apuntaba a que el mojado provenía del acto de arrojar el cuerpo a la laguna.

El tribunal rechazó todas las hipótesis alternativas presentadas por la defensa. La idea de que terceros desconocidos, incluso personal de seguridad de la estancia, habrían cometido el crimen careció de cualquier sustento probatorio. “Exigen acumular una serie de supuestos no corroborados”, señaló Busse. “Una construcción que multiplica explicaciones parciales para neutralizar un cuadro probatorio contundente”.

La fiscalía había pedido prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía —el artículo 80, inciso segundo del Código Penal—, que exige demostrar que el autor aprovechó deliberadamente la indefensión de la víctima mediante una técnica sorpresiva o traicionera. Pero el tribunal no encontró pruebas suficientes para confirmar esa intención premeditada en los instantes previos al disparo. “No se logró reconstruir con certeza lo ocurrido en los segundos antes del disparo”, explicó Busse. “La edad de la víctima, el lugar aislado y la relación de confianza son circunstancias relevantes, pero no bastan para configurar alevosía sin prueba directa de un plan traicionero”.

Por eso, la condena se basó en “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”, con una pena de 17 años, que representa el máximo dentro de esa categoría según la ley argentina. El tribunal consideró que, aunque el móvil sigue siendo un misterio, la autoría es indiscutible: “Cristaldo fue quien llevó a César al campo, le disparó y luego desplegó actos tendientes a ocultar el cuerpo y desviar la investigación”.

El caso, que movilizó a comunidades enteras y generó una masiva búsqueda con participación de Gendarmería, Prefectura y Policía Federal, cerró con una sentencia que, aunque no fue la máxima solicitada, deja clara una verdad inapelable: un adolescente fue asesinado por alguien en quien confiaba, y su cuerpo fue tratado como un secreto que debía ser enterrado bajo el agua y las piedras.

César Daniel Tizato tenía 15 años, soñaba con ser jugador de fútbol y salió a cazar con un hombre que le enseñaba artes marciales. Nunca volvió. Su historia, ahora registrada en un fallo judicial de más de cien páginas, es un recordatorio de que la crueldad no siempre viste de oscuro: a veces, viste de normalidad, de confianza, de una invitación a salir a cazar.


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